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Es una norma internacional que establece la relación de sustancias y métodos prohibidos durante y/o fuera de las competiciones. La Lista también indica si en ciertos deportes se prohíbe alguna sustancia en particular y si algunas de esas sustancias pueden ser utilizadas por algunos deportistas bajo autorización médica estricta y fundamentada.
Para los atletas de nivel internacional, la lista la crea la Agencia Mundial Antidopaje. Para los atletas de nivel nacional, la lista la crean para cada país los Organismos Nacionales Antidopaje (en España, la Comisión de Control y Seguimiento de la Salud y el Dopaje). En el caso de España, desde el 1 de enero de 2005, la Lista Prohibida en España es prácticamente idéntica a la de la Agencia Mundial Antidopaje.
Tan a menudo como sea necesario y, por lo menos, una vez al año. La actualización anual suele entrar el vigor el primero de enero de cada año y está disponible para consulta por lo menos tres meses antes de que entre en vigor.
Deberá cumplir, al menos, dos de estas tres condiciones: 1) Que se haya demostrado que mejora la marca deportiva o se tenga experiencia de que mejora la marca, 2) Que sea perjudicial o potencialmente perjudicial para la salud, y 3) Que sea contrario al "espíritu del deporte". Además se podrán incluir en la Lista Prohibida las sustancias que no cumplen estas condiciones pero que se sabe que tienen efectos enmascaradores para otras sustancias prohibidas.
La Lista de la AMA es CASI idéntica para todos los deportes, aunque hay pequeñas excepciones que se indicarán al final de este apartado. Por eso, cada deportista debe conocer la Lista Prohibida específica de su deporte.
Para los atletas de nivel internacional, sí. Para los atletas de nivel nacional, la lista la crean los organismos nacionales antidopaje (Agencias Nacionales o Comisiones Nacionales Antidopaje). Estas listas actualmente son muy parecidas entre sí, aunque existen pequeñas diferencias que hay que conocer. Lo más probable es que en los próximos años, estas listas se unifiquen con la de la AMA.
Hay que tener muy en cuenta que la Lista Prohibida es una lista "abierta". Es decir, que en la Lista Prohibida no siempre se indican TODAS las sustancias prohibidas, sino que, en algunos casos, se prohíben unos grupos de sustancias pero se muestran solamente unos pocos ejemplos de sustancias prohibidas de un grupo determinado. Por eso, a veces, cuando se cita un determinado grupo de sustancias en la Lista, se termina la relación de ejemplos de sustancias añadiendo "y otras sustancias que tengan similar estructura química o similares efectos biológicos".
Para asegurarse de que alguna sustancia existente o nueva que pertenezca a ese grupo de sustancias y que no esté nombrada en la lista, pueda ser considerada automáticamente como sustancia prohibida.
Que tienen que tener mucho cuidado antes de tomar un medicamento o producto alimenticio y que es mucho mejor que solamente tomen productos que saben con seguridad que están admitidos.
Sí, en todo momento. Además, el deportista y el personal de apoyo tienen la responsabilidad de conocer en todo momento cuál es la Lista Prohibida. La Lista Prohibida actualizada de la AMA está accesible en todo momento en Internet (Ir a la página de la AMA:
www.wada-ama.org). También se puede descargar directamente desde la página de inicio de esta página web (
Rincón del deportista), en sus versiones
inglesa,
francesa y
española.
No. La Lista Prohibida de la AMA para los controles de dopaje de fuera de competición tiene menos grupos de sustancias que la Lista Prohibida para los controles de dopaje de competición.
No, por varios motivos: 1) porque la Lista Prohibida es en realidad muy pequeña si la comparamos con el número total de medicamentos que existen en el mercado, 2) porque la mayoría de las enfermedades pueden tratarse con medicamentos permitidos, y 3) porque en el caso de que sea recomendable y necesario tratar a un deportista con un producto de la Lista Prohibida, se puede solicitar y obtener la autorización para usarla, siempre que su uso esté justificado médicamente. Por lo tanto, lo único que debe saber o consultar el deportista es si el medicamento que le recomiendan tiene o no tiene sustancias incluidas en la Lista Prohibida. Si no las tiene, lo puede tomar. Si las tiene, debe decirle al médico que le trata que le de otra alternativa de tratamiento con otro medicamento que no contenga sustancias prohibidas. Si no existe otra alternativa (por ejemplo, en el caso de la insulina para tratar una diabetes insulino-dependiente), habrá que solicitar la autorización al organismo correspondiente. Este tema se trata en el apartado 8 (Autorización o uso de sustancias incluidas en la Lista Prohibida, con fines terapéuticos).